Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2015-S2
Fecha: 20-Ago-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público hace más de un mes atrás (17 de diciembre de 2014), se llevó a cabo la audiencia conclusiva, no obstante el Juez ahora demandado incumpliendo sus funciones e incurriendo en retardación de justicia, no remitió los antecedentes al Juez o Tribunal de Sentencia Penal, conforme dispone el art. 325 inc. i) de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal (Ley 586), privándolo de su derecho a la libertad, pues no tiene a quien solicitar la cesación a su detención preventiva, ni ninguna otra diligencia en el proceso.