SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2015-S2
Fecha: 27-Ago-2015
1)
Carlos Montaño Álvarez, Fiscal de Materia de Santa Cruz, presente en audiencia, expresó lo siguiente: 1) Danny Aguilar Rojas se encuentra detenido preventivamente por otro delito investigado en el Plan 3000; 2) Existe el sistema IANUS que prueba que el proceso está bajo el Juez encargado del control jurisdiccional; 3) El policía asignado al caso fue a notificarlo a su domicilio procesal, donde le indicaron que estaba detenido por otros casos, por lo que dicho funcionario se constituyó en el Centro de Rehabilitación “Palmasola” de Santa Cruz, y el accionante fue notificado personalmente; 5) En el cuaderno de investigaciones existen varias víctimas quienes obtuvieron préstamos del Banco Unión S.A. que eran cobrados por el impetrante, indicios que dieron inicio a la investigación, y una vez notificado éste, su persona, con el investigador asignado al caso y el denunciante se constituyeron en el referido Centro, para tomarle su declaración informativa, el 27 de febrero de 2015, indicando el accionante que no estaba con su abogado, motivo por el cual se suspendió este actuado, señalándose uno nuevo para el 2 de marzo del año en curso, el que fue suspendido por falta de notificación al Director del Centro de Rehabilitación “Palmasola”, presentando en dicha oportunidad memorial de solicitud de suspensión porque ya estaba llegando a un arreglo con las víctimas, razón por la cual no se ha violado ningún derecho del impetrante y el Ministerio Público solo ha actuado en el marco de sus competencias; y, 6) Señala que no existen actuados en el cuaderno de investigaciones, situación que favorecería al accionante, y que no se le entregó copia de la denuncia; sin embargo, el policía asignado al caso le entregó copia de la Resolución procediéndose conforme a ley, no existe vulneración a derecho constitucional alguno ni persecución indebida.