Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0878/2015-S2
Fecha: 27-Ago-2015
denegó
A mayor precisión, la citada SCP 0806/2013-L, denegó tutela referente al derecho a la vida solicitada vía acción de libertad, revocando la decisión del Tribunal de garantías bajo el siguiente argumento: “Si bien el art. 125 de la CPE, dispone que la acción de libertad puede ser interpuesta cuando toda persona considere que su vida está en peligro, la misma debe estar vinculada a su restricción o existencia de actos que demuestren un evidente peligro o riesgo en su vida, caso contrario se estaría desnaturalizando esta acción, en el caso presente, la accionante tiene la vía ordinaria, a objeto de precautelar las posibles amenazas, habida cuenta que no existe un evidente riesgo a su vida”.