, fue instituido por la jurisprudencia constitucional como una modalidad de esta acción de defensa, a través de la cual, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación juríd
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

, fue instituido por la jurisprudencia constitucional como una modalidad de esta acción de defensa, a través de la cual, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación juríd

Fecha: 14-Sep-2015

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal de Villazón del departamento de Potosí, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 1 de 6 de marzo de 2015, cursante de fs. 70 a 74, concedió la tutela solicitada, disponiendo que el Juez demandado: i) En el plazo de dos días hábiles señale nueva audiencia de consideración de la cesación de la detención preventiva, sin que signifique injerencia a la justicia ordinaria, debiéndose valorar los medios de prueba de acuerdo a la sana crítica y prudente criterio del juzgador; ii) Al tratarse de una resolución reparadora correctiva, se llamó severamente la atención a Fanny Ana Rojas Torrico y Martha Ventura, Actuaria y Oficial de Diligencias, respectivamente, del Juzgado Segundo de Instrucción, Mixto y cautelar de Villazón del mismo departamento, conminando a que cumplan efectivamente sus labores; negligencia que hizo incurrir en error al Juzgador; iii) Sin costas ni multas; asimismo, sin disponer la libertad; y, iv) Dejar sin efecto el Auto interlocutorio de 23 de febrero del igual año.