AUTO CONSTITUCIONAL 0260/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0260/2015-RCA

Fecha: 22-Sep-2015

improcedente “in limine”

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal garantías, por Resolución 43/15 de 12 de agosto de 2015, cursante de fs. 94 a 95, declaró improcedente “in limine” la presente acción de defensa, bajo los siguientes fundamentos: 1) La parte accionante no agotó los medios de impugnación previstos en nuestro ordenamiento jurídico; pues, a criterio de ese Tribunal, después de haber sido emitida la Resolución Jerárquica, el accionante tenía la posibilidad de impugnar dicho fallo a través del proceso contencioso administrativo, previsto en los arts. 778, 779 y 780 del Código de Procedimiento Civil (CPC); y, 2) Una vez agotada la vía  ordinaria y de persistir la vulneración de los derechos fundamentales, recién puede acudir a la jurisdicción constitucional.