AUTO CONSTITUCIONAL 0265/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0265/2015-RCA

Fecha: 29-Sep-2015

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

La accionante a través de su representante, señala como lesionados sus derechos a la vida, a no sufrir violencia física o psicológica, a la seguridad social, a las prestaciones de la seguridad social basado en los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, oportunidad y eficacia, a la prestación de viudez, derecho a la sucesión hereditaria, derecho a la tutela reforzada del adulto mayor, a la propiedad, al debido proceso, a la defensa y a no ser discriminado, citando al efecto los arts. 7, 8, 9, 15.I y II, 45.I, II y III, 56.II y III, 67.I y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE).