AUTO CONSTITUCIONAL 0324/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0324/2015-CA

Fecha: 01-Sep-2015

afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución

Por su parte el art. 132 de la Norma Suprema, dispone que: “Toda persona individual o colectiva afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución tendrá derecho a presentar la Acción de Inconstitucionalidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley” (las negrillas son nuestras).