AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2015-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2015-ECA

Fecha: 22-Sep-2015

se constituye en un obiter dicta, y no así en la parte vinculante de la SCP 0792/2015-S2 objeto del presente análisis

De donde se tiene que, el contenido del octavo párrafo, al no determinar un mandato expreso sobre el caso concreto, y no ser tomado en cuenta dentro de la parte resolutiva del presente fallo, se constituye en un obiter dicta, y no así en la parte vinculante de la SCP 0792/2015-S2 objeto del presente análisis, además de constatar que en la transcripción de este párrafo se omitió el término “salud” en el que se advierte que no corresponde la aplicación del art. 5 de la Ley 1178 a la entidad demandada, si no que le corresponde solamente la aplicación del art. 3 de la señalada Ley, aclaración que es por demás necesaria, para velar por la congruencia entre los fundamentos jurídicos y la ratio decidendi de la SCP 0792/2015-S2.