SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0850/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0850/2015-S1

Fecha: 14-Sep-2015

1) Cuando considere que su vida está en peligro; 2) Que es ilegalmente perseguida;

Sobre el tema, la SCP 0398/2013-l de 27 de mayo, recogiendo el entendimiento de la SCP 0037/2012 de 26 de marzo, al respecto precisó que: “De la delimitación de la naturaleza jurídica de la acción de libertad, se desprenden los siguientes presupuestos de activación de este mecanismo de defensa: 1) Cuando considere que su vida está en peligro; 2) Que es ilegalmente perseguida; 3) Que es indebidamente procesada; y, 4) O privada de libertad personal o de locomoción.