SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2015-S3

Fecha: 07-Sep-2015

i)

El accionante estima como lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso, y a la defensa, toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra, por la presunta comisión del delito de robo agravado y asociación delictuosa: i) Instalada la audiencia para resolver el recurso de apelación incidental que planteó conforme el art. 251 del CPP -contra la resolución que le impuso medidas sustitutivas a la detención preventiva-, existiendo disidencia entre los Vocales de la Sala, su situación jurídica no fue resuelta hasta la fecha, siendo aproximadamente treinta días de demora sin justificación alguna para la emisión de la resolución de alzada; y, ii) Ante la disidencia, mediante Auto de 21 de enero de 2015, se convocó a un Vocal dirimidor, actuado procesal con el cual no fue notificado, impidiendo que su defensa ejerza su derecho a la recusación, asimismo, contra el mismo no procede el recurso de reposición ni de apelación, siendo la vía constitucional la única para reclamar sus derechos.