SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2015-S3

Fecha: 17-Sep-2015

concedió

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 11 de 26 de febrero de 2015, cursante de fs. 217 a 219 vta., concedió la tutela solicitada, anulando las actuaciones judiciales hasta el Auto de 11 de marzo de 2013, incluido el Auto dictado por lo Vocales ahora demandados, debiendo el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento -ahora codemandado- tramitar el recurso de apelación pendiente y resolver en base a los antecedentes y datos que cursan en el expediente original, sin costas; bajo los siguientes fundamentos: 1) El argumento del Juez codemandado de que el proceso se encontraba en trámite en el Tribunal de alzada y Tribunal Supremo de Justicia es falso, porque el expediente volvió a su juzgado el 28 de diciembre de 2012; por lo que, no se ajustó a los datos del proceso y además el Auto 109/13 de 11 de marzo de 2013 lesiona el derecho al debido proceso; y, 2) De los datos del proceso se infiere que está pendiente de resolución el recurso de apelación planteada por el demandante, habiendo el juez a quo modificado su resolución sin que este recurso sea tramitado conforme a derecho.