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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2015-S3

    Fecha: 17-Sep-2015

    I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

    Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Aponte y Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, Oscar Menacho Angeleri, Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento, no asistieron a la audiencia ni presentaron informe alguno, pese a su legal citación cursante de fs. 201 a 204.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • i)
    • III.1.  Jurisprudencia
    • y 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
    • REVOCAR

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