SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2015-S2

Fecha: 14-Sep-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En audiencia de medidas cautelares realizada el 26 de abril de 2013, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del Departamento de Santa Cruz, hoy demandado, dispuso su detención preventiva; sin embargo, a pesar que en el indicado actuado procesal, su persona suscitó en forma oral recurso de apelación incidental contra la Resolución de su privación de libertad, la autoridad jurisdiccional demandada, no remitió obrados al Tribunal de Alzada hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar (17 de agosto de igual año), por lo que al haber transcurrido tres meses y veinte días desde su formulación, omitiendo lo previsto en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se incurrió en dilación indebida de su resolución, ocasionando su detención indebida.

Aduce que, la mencionada retardación, está directamente relacionada con la no transcripción y suscripción del acta de audiencia de medidas cautelares, la cual, hasta fechas anteriores a la presente, en que su abogado así como su representante legal concurrieron a dicho Juzgado, solicitando conocer y recabar copia de la misma, recibieron por respuesta sin justificativo alguno, que aún no estaba disponible; por lo que mediante memorial de 18 de junio del citado año, apersonándose ante la autoridad judicial demandada, reiteró su petición, señalándole ésta, que aún se encontraba en despacho.

No obstante a ello, nuevamente, el 16 de agosto de 2013, habiéndose constituido en compañía de su abogado al Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola” a efecto de asistir a otra audiencia, al ver ingresar a dicho recinto al Juez Cautelar demandado y motivado por la preocupante inexistencia de la nombrada acta de audiencia, luego de identificarse, le preguntó por dicho documento, recibiendo por respuesta que ya estaba transcrita pero que aún se encontraba en despacho y ante la intervención de otra persona que lo acompaña, quien acotó que quizá estaba entrepapelada, les indicó que fuesen por la tarde para ver lo sucedido con el acta extrañada.