Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2015-S2
Fecha: 14-Sep-2015
I.2.1. Ratificación de la acción
El abogado del accionante, ratificó la totalidad de los argumentos de la demanda, haciendo constar que al no haber acusación, se encuentra frente a una posible extinción de la acción en la etapa preparatoria, pese a que el Ministerio Público ha reiterado la solicitud de audiencia conclusiva, causando de esta manera detención indebida al no haberse presentado acusación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1.
- III.2. Plazos para el señalamiento de audiencia de cesación de la detención preventiva
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte