Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0899/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
II.3.
II.3. Por requerimiento de acusación fiscal y solicitud de aplicación de procedimiento abreviado presentado el 5 de marzo de 2015, por Lilian Rosa Hilda Calderón Mariaca, Fiscal de Materia -ahora codemandada- ante el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz (fs. 5 a 7), se decretó el 6 del mismo mes y año, señalamiento de audiencia pública para el 13 del referido mes y año (fs. 8).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la tutela al debido proceso a través de esta acción tutelar, el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR