Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2015-S2
Fecha: 23-Sep-2015
II.2.
II.2. El accionante, fue detenido el 8 de marzo de 2015 y el proceso penal abierto por el delito de obstrucción a la justicia pasó a conocimiento de la Jueza de Instrucción Mixta Liquidadora y cautelar de Viacha -ahora demandada-, el 9 de marzo del mismo año; autoridad que dispuso audiencia de consideración de medidas cautelares para la citada fecha a horas 14:00, dentro del plazo de veinticuatro horas establecido por el art. 226 del CPP (fs. 18 a 20 vta.).