SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2015-S2

Fecha: 23-Sep-2015

a)

Jeanett Norah Chamo Urquieta, Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, presentó informe escrito, cursante a fs. 7 y vta., bajo los siguientes términos: a) El accionante el 5 de febrero de 2015, solicitó permiso de viaje a Nueva York - Estados Unidos de Norte América, desde el 29 de abril al 20 de mayo del mismo año, con el objeto de acompañar a su hija, no habiendo solicitado desarraigo, como lo indica; b) El 28 de febrero de 2014, el Ministerio Público lo imputó formalmente, solicitando la aplicación de medidas cautelares, ante la concurrencia de los presupuestos establecidos por el art. 233 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se determinó medidas sustitutivas a la detención preventiva, en observancia del art. 240 de la norma procesal penal en relación al presunto ilícito de lesiones graves y leves previsto y sancionado en el art. 271 del Código Penal (CP); y, c) El memorial de solicitud de viaje, fue atendido mediante proveído de 18 de ese mes y año, notificándose a las partes, incluyendo al impetrante de tutela horas previas a la interposición de la presente acción, si no está de acuerdo con tal determinación esté tiene los recursos ordinarios que le franquea la ley; entre ellas el recurso de reposición; además, al presente el mismo se encuentra con acusación formal del Ministerio Público.