Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2015-S2
Fecha: 23-Sep-2015
II.2.
II.2. El Tribunal de garantías a tiempo de admitir la acción de libertad (16 de marzo de 2015), dispuso que la autoridad demandada, presente los actuados concernientes a los hechos que motivan la acción (fs. 5); la referida autoridad a tiempo de presentar su informe escrito, remitió el “cuaderno procesal del caso penal”, con los actuados respectivos (fs. 7).