SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0946/2015-S2
Fecha: 23-Sep-2015
I.1.1.Hechos que motivan la acción
Refiere que el 14 de enero de 2015, en calidad de representante legal de la empresa de comunicaciones y editorial “Luis de Fuentes S.R.L.”, participó en la “Licitación Pública N° 03/2014 (Primera Convocatoria) denominada ‘EDICIÓN DE LAS GUÍAS TELEFÓNICAS PARA COSETT GESTIÓN 2015’” (sic), convocada por COSETT Ltda.; dentro del proceso de contratación, a través de carta notariada, solicitó se le otorgue dos copias legalizadas de la propuesta presentada por la empresa “RUAL PRODUCCIONES Y MARKETING” a la licitación pública antes mencionada, con la finalidad de realizar algunas observaciones al pliego de condiciones que incumplió la indicada empresa; sin embargo, no recibió ninguna respuesta, motivo por el cual el 5 de febrero de 2015, solicitó que se atienda la carta notariada presentada, pero una vez más no recibió contestación, por lo que alega la vulneración del derecho constitucional a la petición, con el sustento de la SC 0310/2004-R de 10 de marzo.