Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2016-CA
Fecha: 27-Ene-2016
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional, resuelve: RECHAZAR el recurso directo de nulidad interpuesto por Carlos Espinoza Aguilar, Decano de la Facultad de Medicina contra Luis Federico Garvizu Montaño, Rector a.i y Favio Hidalgo Sea, Secretario General a.i., todos de la Universidad Mayor de San Simón (UMSS) del departamento de Cochabamba.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.3. Petitorio
- II.2. El fundamento jurídico constitucional como requisito de admisión del recurso directo de nulidad
- a objeto de que la persona agraviada pueda demandar la nulidad de dicho acto o resolución definitiva que resuelve el fondo de un asunto
- II.3. Análisis del caso concreto
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