Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Inició una relación de convivencia con Hugo Daniel Soriano Villarroel el 2004, constituyendo su domicilio conyugal en la av. Pantaleón Dalence 350, zona de Colcapirhua del departamento de Cochabamba, cohabitando en un departamento, junto a su hijo, hasta el fallecimiento de su concubino el 26 de febrero de 2010; con el transcurso del tiempo, los herederos del difunto, redujeron su vivienda a dos habitaciones, bajo el pretexto de alquilar el departamento a Ninoska Lazarte Orellana, simultáneamente presentándose compradores para la casa, entre ellos, los familiares de la inquilina.