SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2016-S1

Fecha: 06-Ene-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señalaron que la denuncia es falsa, puesto que en ningún momento se cometieron esos hechos, y que el supuesto compromiso de venta que existiría a favor del denunciante, no posee ningún derecho propietario, porque ellos son los dueños de esas propiedades y que éste sabe muy bien, que para reclamar algún derecho sobre los predios, primero debe tener registro en la oficina de Derechos Reales.

Indicaron también, que no existió “a la fecha” ningún mandamiento de desalojo sobre los terrenos en cuestión; señalando además, que el querellante no pagó ningún monto de dinero, por la supuesta compra, por lo que su afán fue quitar esos predios a personas de la tercera edad, con amenazas y denuncias falsas, presentando testigos que faltaron a la verdad y documentos antiguos y las fotocopias simples, sobre los cuales se puede aplicar la prescripción.