SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2016-S1

Fecha: 06-Ene-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante a través de su abogado, ratificó inextenso los términos de la presente acción y ampliando la misma manifestó que, al no existir recurso ulterior contra la vulneración al derecho de la libertad de locomoción y la inexistencia de otra vía de solicitud de audiencia que fue pedida el 10 de agosto de 2015, y para su señalamiento no debe transcurrir más de tres días, hecho que no se está respetando en el presente caso, solicitaron se ordene el señalamiento de audiencia como establece la normativa penal vigente y sea de manera pronta y efectiva.