SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016-S3

Fecha: 04-Ene-2016

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 19 de agosto 2015, cursante de fs. 21 a 22 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) De la presentación de antecedentes y las pruebas se concluyó que no se pudo evidenciar la vulneración del derecho a la libertad o locomoción del niño, bajo la figura de retención ilegal de su libertad por parte de la Clínica demandada, por una deuda patrimonial; y, 2) Se evidenció que existió desentendimiento entre los padres del citado menor, generando demora en el trámite para el abandono de la Clínica “LOS OLIVOS” S.A; que la abuela como su representante en la presente acción tutelar, no tiene la guarda del mismo como tampoco vive con la madre y el niño; además, se adjuntó el formulario de “Autorización de Salida” (sic) por el nosocomio citado; por lo que, la permanencia del menor no superó las veinticuatro horas, siendo que su retiro fue el 18 de agosto de 2015 a horas 18:30, teniendo presente que el mismo se efectuó antes de la sustanciación de la audiencia.