Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante estima lesionado el derecho a la libertad física y de locomoción, citando al efecto los arts. 22, 23.I y III, 60 y 61.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 3.1 de la Convención de los Derechos del Niño; y, 24 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR