SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2016-S1

Fecha: 07-Ene-2016

Sólo cuando la lesión al derecho a la libertad no hubiera sido reparada por dicha autoridad, recién será posible acudir a la jurisdicción constitucional

Sólo cuando la lesión al derecho a la libertad no hubiera sido reparada por dicha autoridad, recién será posible acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad, línea que sigue este Tribunal de manera uniforme en la resolución de temáticas cuyos supuestos fácticos giran en torno a similar problemática.