SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2016-S3
Fecha: 06-Ene-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado, ratificó in extenso la demanda de acción de libertad presentada y ampliándola, señaló que luego de la declaración informativa que duró de horas 20:00 a 23:00, fue dejado en “depósito” por más de cuarenta y tres horas, desconociéndose a la fecha su situación jurídica, ya que no se sabe en qué calidad se encuentra, pues tampoco fue notificado con la imputación formal.
Con el uso del derecho a la réplica, señaló que el mandamiento de aprehensión no está debidamente fundamentado y tampoco se ampara en ninguna norma legal, siendo ilegal su aprehensión, ya que se realizó a horas 18:45 y su declaración testifical empezó a horas 20:00, para la cual tampoco se procedió a la notificación con la imputación formal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control jurisdiccional dentro de un proceso penal, se encuentra a cargo del Juez cautelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR