Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2016-S3
Fecha: 06-Ene-2016
II.2.
II.2. El 27 de agosto de 2015, el Fiscal hoy demandado, emitió orden de citación para que el actual accionante preste su declaración informativa el mismo día a horas 20:00 en oficinas de la Fiscalía de Punata, siendo notificado con dicha citación a horas 18:45 del mismo día (fs. 14 y vta.) asistiendo a la misma con su abogado, conforme se tiene del acta de su declaración informativa (fs. 15 a 16).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control jurisdiccional dentro de un proceso penal, se encuentra a cargo del Juez cautelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR