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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2016-S1

    Fecha: 14-Ene-2016

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.2. Informe del funcionario público demandado
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • I.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
    • la acción de cumplimiento, tiene como objeto garantizar la materialización de la Constitución y la ley, protegiendo de esa manera el principio de legalidad y supremacía constitucional, la seguridad jurídica, y a su vez, de manera indirecta, derechos fundamentales y garantías constitucionales
    • a) El caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales; y,      b) El caso de incumplimiento de la ley.
    • las causales de exclusión para la activación de la acción de cumplimiento
    • ya que al existir un proceso judicial o un procedimiento administrativo, en el cual existen partes procesales con un interés concreto y cuya decisión surtirá efectos jurídicos solamente en relación a ellas
    • III.1.2.   Improcedencia de la acción de cumplimiento
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • objeto garantizar la ejecución de la norma omitida,
    • ncumplimiento de potestades administrativas, estrictamente vinculadas a un procedimiento administrativo
    • REVOCAR

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