SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2016-S1

Fecha: 29-Ene-2016

I.2.2 Informe de las autoridades demandadas

José Pompilio Coca Sejas, Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, presentó informe escrito, cursante a fs. 62, señalando que la presente acción de defensa no tiene asidero legal, debiendo ser rechazada in límine, debido a que ya fue planteada reiterativamente, con los mismos argumentos y fundamentos por lo que existe identidad de sujeto, objeto y causa, por lo que, corresponde la aplicación de la SC 0002/2010-R de 26 de marzo; y, en ese sentido dicha acción tutelar pretende inducir en error al Tribunal de garantías. Sugiere se imponga multa y costas procesales por ser reiterativo y malicioso. Raul Masic, Director Nacional de Régimen Penitenciario no presentó informe escrito y tampoco se presentó a dicha audiencia (no consta notificación en el expediente).

Edwin Sandoval Morales, Director Departamental de Régimen Penitenciario de Cochabamba, manifestó que dicho ente administrativo constituye un primer filtro para quienes se encuentran detenidos y cumplan los requisitos establecidos en el Decreto Presidencial 2131, para que luego dicha documentación sea remitida a la “ciudad de La Paz” (sic); y finalmente ser homologada ante el juez de sentencia. Con referencia al art. 4.7 del señalado Decreto es necesario el ingreso al recinto penitenciario.