AUTO CONSTITUCIONAL 0242/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0242/2016-CA

Fecha: 12-Oct-2016

4)

de los alcances de los tipos penales; y, 4) Al margen de no haber realizado una fundamentación con relación a la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta, no se advierte que la misma sea discriminatoria, sobre el particular, las aseveraciones realizadas que favorece únicamente a la mujer no es así, ya que en ningún inciso existe exclusividad para la mujer, toda vez que para ser declarada una ley inconstitucional, debe ser de interés general y no particular como se pretende en este caso.