AUTO CONSTITUCIONAL 0242/2016-CA
Fecha: 12-Oct-2016
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
En audiencia pública de juicio oral de 23 de septiembre de 2016 cursante a fs. 54 y vta., dentro del proceso penal que se sigue en contra del accionante por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, previsto y sancionado por el art. “272” del CP incorporado por la Ley 348, señala que si bien dicha Ley se estableció en favor de las mujeres, no es excluyente para los hombres -hoy accionantes-; empero, en este caso la mencionada Ley es discriminatoria ya que él también fue agredido de igual forma que su esposa, quien además ahora es víctima en el presente caso, pero la Fiscal de Materia dentro del argumento de la acusación refirió que la misma es solo por lesiones leves y no así por violencia familiar y doméstica; por lo que, existiría diferente tipo de sanciones y penas por iguales hechos mutuos y recíprocos que protagonizaron junto con su esposa; estando por ello ante una injusticia real y concreta.
Manifiesta que, todas las personas son iguales ante la ley; por lo cual el tipo penal correspondiente en este caso no debería ser por lesiones leves, sino por violencia familiar y doméstica en ambos casos, por lo que interpone la acción de inconstitucionalidad concreta, ya que se actuó contra lo que establece la Constitución Política del Estado, cuando la misma habla de igualdad de personas dentro de un proceso.
- Jueza de Sentencia y Partido del Trabajo y Seguridad Social Primera de Sacaba del departamento de Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- I.2.2. Parte acusadora
- rechazó
- 4)
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada;
- RATIFICAR