AUTO CONSTITUCIONAL 0242/2016-CA
Fecha: 12-Oct-2016
II.3. Análisis del caso concreto
En el caso de autos, se verificó que el -ahora accionante-, no precisó los motivos por los qué considera que el precepto cuestionado de inconstitucional contravenga las garantías y principios constitucionales, no haciendo cita expresa de las disposiciones constitucionales contra las cuales el artículo cuestionado resultaría inconstitucional, abocándose el mismo a señalar que la Ley 348 es discriminatoria ya que él también fue agredido de igual forma que su esposa ya que la Fiscal de Materia dentro de la acusación formulada en contra de su cónyuge solo fue por el delito de lesiones leves y no así por violencia familiar y doméstica como se le acusa ya que existen diferentes tipos de sanciones y penas para ambos esposos por idénticos hechos, estando por ello ante una injusticia real y concreta; por lo que, al no ser estos argumentos suficientes para demostrar la inconstitucionalidad del artículo demandado, por no existir una explicación que justifique una duda razonable para la decisión de fondo que puede emerger dentro del proceso penal seguido en su contra, se constata que en el presente caso no existe una fundamentación jurídico-constitucional que evidencie una decisión de fondo, en el que se pueda apreciar la duda razonable en torno a la supuesta inconstitucionalidad del artículo impugnado, precisando los motivos y razones por la que se considera que esta es transgredida; asimismo, no se expresó con claridad la relevancia que tendrá en la decisión final que podría asumir la autoridad judicial, incumpliendo lo previsto en el art. 73.2 del CPCo.
- Jueza de Sentencia y Partido del Trabajo y Seguridad Social Primera de Sacaba del departamento de Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- I.2.2. Parte acusadora
- rechazó
- 4)
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada;
- RATIFICAR