Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2016-CA
Fecha: 12-Oct-2016
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional; resuelve: RATIFICAR la Resolución de 30 de septiembre de 2016, cursante de fs. 26 a 28, pronunciada por el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segundo del departamento de Chuquisaca; y, en consecuencia RECHAZAR la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Jorge Marañon Caba, Administrador Regional de la Caja Nacional de Salud de Sucre.
- Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazar
- En el caso de no promoverse la acción, la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR