Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0263/2016-CA
Fecha: 25-Oct-2016
I.2. Respuesta a la acción
Mediante memorial presentado el 5 de octubre de 2016, cursante de fs. 296 a 297 vta., Jessica Paola Saravia Atristain, Directora Ejecutiva de la AJ, señala que no corresponde el traslado debido a la naturaleza de dicha Institución; dado que, el proceso administrativo sancionador que dio origen a la citada acción de inconstitucionalidad concreta es tramitado con solo dos partes: la administración pública AJ y el administrado FARMACORP S.A..
- Director Nacional Jurídico, Jefa II del departamento de normas y contencioso
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- “no promover”
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas (…);
- 2° DISPONER