Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0266/2016-CA
Fecha: 31-Oct-2016
Juez Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz
En consulta la Resolución 146/2016 de 10 de octubre, cursante de fs. 33 a 36, pronunciada por el Juez Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz; por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Jorge Humberto Viscarra Silva, demandando la inconstitucionalidad del “ART 26 del ACUERDO 75/2013 DEL CONCEJO DE LA JUDICATURA” (sic), por ser presuntamente contrario a los arts. 16.II. IV; y, 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Juez Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR