AUTO CONSTITUCIONAL 0291/2016-RCA
Fecha: 10-Oct-2016
a)
El accionante a través de su representante, señaló que: a) Las autoridades accionadas transgredieron sus derechos constitucionales al trabajo, estabilidad laboral, debido proceso y seguridad jurídica…” (sic); b) Fue alejado de la docencia por haber reprobado supuestamente dos evaluaciones (gestiones 2000 y 2001), no obstante que denunció tales irregularidades que se esclarecieron evidenciando ausencia de documentación alguna que pruebe que haya sucedido ello; c) No encontraron causales evidentes y justificadas para su remoción conforme al Reglamento de la UMSA; d) Las Resoluciones de Carrera 134/2006 y Facultativa 882/2006 vulneran sus derechos porque no se basan en documentos que demuestren reprobación alguna que le afecte; e) Su petición fue clara y precisa cuando solicitó su reincorporación con todos los beneficios de ley; y, f) Pide sean anulados el Informe Jurídico A.JUR.INF. 127/2016, la Nota STRIA.GRAL. 156/2016 y las Resoluciones mencionadas en el anterior inciso d).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- LA INMEDIATA REINCORPORACIÓN DE MI MANDANTE WALTER HUGO FERRUFINO ANDRADE A LA CATEDRA REGENTADA EN LA MATERIA “INVESTIGACIÓN EDUCATIVA I Y II” DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, CARRERA CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN,
- por no presentada
- por
- a)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir”
- Fragmento 10
- II.2.
- II.3.