AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2016-RCA

Fecha: 13-Oct-2016

I.4. Resolución del

El Juez Público de Familia Decimotercero del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, por decreto de 22 de septiembre de 2016,              (fs. 23), dispuso que la parte accionante, en cumplimiento al art. 33 del Código Procesal Constitucional (CPCo), indique con claridad la legitimación pasiva, precise los derechos vulnerados y cumpla lo dispuesto por los arts. 129.I de la CPE y 54 del CPCo, acreditando de forma objetiva e idónea el agotamiento de los mecanismos de defensa contra la Resolución u orden de reubicación.