AUTO CONSTITUCIONAL 0314/2016-RCA
Fecha: 28-Oct-2016
a)
Argumenta que: a) La resolución impugnada se basa en la SC 0505/2005-R, que se encuentra fuera de la realidad y del contexto doctrinario constitucional, al ser desvirtuada por la nueva Constitución Política del Estado, el Código Procesal Constitucional y ampliamente superada por la SCP 2548/2012 de 21 de diciembre, donde efectúan una diferencia entre obiter dictum y ratio desidendi, que concluye que lo vinculante con efecto erga omnes es el precedente constitucional, por ello no se puede prescindir de la nueva jurisprudencia; y, b) Al estar constitucionalizados los derechos principios y garantías constitucionales, consideran que el Auto impugnado, vulnera el debido proceso en su elemento fundamentación, contenido en la SC 0287/2011-R de 29 de marzo.