Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0878/2016-S1
Fecha: 04-Oct-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El representante legal de la empresa accionante, alegó como lesionados sus derechos al debido proceso, a la presunción de inocencia y al trabajo; citando al efecto los arts. 46.I, 115.II, 116.I y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE); 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14.II del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8.II de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR