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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2016-S1

    Fecha: 04-Oct-2016

    II.1.

    II.1.  El Juez Cuarto de Ejecución Penal del departamento de La Paz, por memorial presentado el 6 de julio de 2016, solicitó a la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia del mencionada departamento, la remisión de antecedentes “…que hacen a la acción de libertad…”; asimismo justifique porque no se remitió el expediente al Juzgado de origen, actuar que impidió que peticioné la cesación a la detención preventiva el accionante (fs. 4 a 5).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • ;
    • la acción de libertad era únicamente posible cuando las lesiones denunciadas se encuentran directamente vinculadas al derecho a la libertad o que dicho acto sea la causa directa de la privación o restricción a la libertad física, que se hayan agotado los mecanismos intra procesales; y, que exista indefensión absoluta y manifiesta, exceptuando los casos en los que se trata de medidas cautelares en los que, no es posible exigir la concurrencia de absoluto estado de indefensión
    • Fragmento 12
    • REVOCAR

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