Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2016-s1
Fecha: 18-Oct-2016
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Jhonny Machicado Apaza, Juez Onceavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar noveno, presentó informe escrito de 26 de abril de 2016, cursante de fs. 13, refiriendo que estuvo en suplencia legal del Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, desde el 1 al 29 del mismo mes y año, en dicho lapso de tiempo el accionante solicitó a su autoridad dejar sin efecto el mandamiento de aprehensión emitido por la referida Fiscal de Materia, ante ello pidió informe a dicha autoridad por decreto de 15 del referido mes y año; por lo que no es posible dejar sin efecto dicho mandamiento sin previo informe de la mencionada fiscal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.3.De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Cuando el accionante hubiera denunciado los actos restrictivos de su libertad personal o física ante el Juez cautelar, como también, paralela o simultáneamente a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad, sobreviene también la subsidiaridad.
- III.4.Análisis del caso
- Fragmento 15