SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0936/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0936/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

Fragmento 2

La parte accionante por intermedio de su abogado, ratificando los términos de la demanda, aduce que: a) Habría trabajado desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2015, como Auxiliar de Oficina Médica y Auxiliar de Estadística del Instituto Boliviano de Rehabilitación (IBR) en labores específicas conforme el Manual de Procedimientos de la CNS; b) La RM 650/07 establece también que las tareas serán a plazo fijo cuando sean por suplencia, licencia, por baja médica, por descanso, pre o post natal y declaratorias en comisión, y las tareas de cierto tiempo por necesidades de temporada o exigencias circunstanciales, la mencionada resolución también exigiría para que se considere tarea a plazo fijo los contratos deben estar visados, el nombre del trabajador sustituido al cual suple, adjuntando documento de baja, la licencia, la declaratoria en comisión, especificando el tiempo que suplirá esa persona, que en este caso no fue a suplir a ninguna persona, por lo que no puede considerarse tarea a plazo fijo;             c) La accionante tenía que ser recontratada, pero no se pudo concretar por haberle detectado cáncer muy avanzado, y cuando se apersonó donde el Administrador de la entidad empleadora le manifestó que se necesitaba gente sana que sirva a la institución; asimismo, la Directora del Instituto Boliviano de Rehabilitación le indicó que tiene faltas, refiriéndose a las bajas médicas para su tratamiento, razón por la cual habría acudido a la Jefatura del Trabajo, emitiéndose la conminatoria de reincorporación que no se dio curso; y, d) En el proceso de la enfermedad habría recibido quimioterapia; posteriormente radioterapia; sin embargo, cuando necesitaba braquioterapia ésta no fue otorgada, ni siquiera cuando ella quiso cubrir con sus propios recursos, indicándole que esto sería para los asegurados de la CNS, por lo que pidió la reincorporación a su fuente laboral.