SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0963/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 06/2016 de 5 de mayo, cursante de fs. 23 a 26, denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: i) Del informe verbal de la autoridad demandada se tiene que el caso se encuentra en conocimiento del juez de control jurisdiccional, extremo corroborado a través del cuaderno de investigaciones, donde se evidencia que el 4 de mayo de 2016 se presentó ante el Juez de Instrucción Penal Décimo Primero del departamento de Santa Cruz, el inicio de investigaciones e imputación formal contra los accionantes; y, ii) Si los accionantes consideraban que existieron hechos que vulneraban sus derechos debieron denunciar los mismos ante el juez de la causa que ejerció el control jurisdiccional de la investigación, siendo el mecanismo intraprocesal idóneo para la reposición de derechos, en mérito a la excepción de subsidiariedad de la acción de libertad; por ello, no se ingresó al análisis del fondo de la causa.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos
- en caso de existir mecanismos procesales específicos
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional
- III.3. Análisis del caso
- Fragmento 11