SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Ingresó a trabajar a SETAR desde el 1 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2013 mediante contrato a plazo fijo 093/2013; del 2 de enero al 31 de diciembre de 2014 por contrato a plazo fijo 05/2014; y finalmente, del 23 de enero al 31 de diciembre de 2015 a través del tercer contrato a plazo fijo 039/2015 de 23 de enero, desempeñando el cargo de Chofer de la División Comercial de SETAR Subsistema Bermejo, realizando todas las actividades inherentes al cargo de un empleado permanente, cumpliendo ocho horas labores, inclusive extraordinarias cuando era necesario, recibiendo un sueldo mensual, aguinaldos, bonos de frontera y otros beneficios, no siendo sus labores ocasionales ni extrañas a la actividad cotidiana de la entidad; empero, mediante instructivo G.G. 0418/2015 de 30 de octubre, la Gerencia General a.i. de SETAR dispuso en su contra la asignación de otras funciones como Apoyo de Liniero para el Subsistema SETAR El Puente; considerándolo arbitrario porque no fue consensuado entre partes, tampoco indica el día exacto de su incorporación ni el tiempo de duración de dichas funciones; constituyéndose en un despido indirecto; razón por la cual, presentó recursos de revocatoria y jerárquico que fueron rechazados sobre la base de documentos que desconoce; arbitrariedades denunciadas ante la Jefatura Regional de Trabajo Bermejo, quien por conminatoria 011/2016 de 21 de abril, dispuso que la empresa demandada reincorpore al accionante a su fuente laboral más el pago de sus sueldos devengados, demás derechos sociales y a realizarse un contrato de trabajo indefinido en el puesto que desempeñaba antes del citado instructivo.