SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1008/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1008/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

denegó

La Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 29 de julio de 2016, cursante de fs. 8 a 9, denegó la tutela; argumentando que: a) Expuestos los antecedentes, la inasistencia de la parte accionante, a pesar de su legal notificación como la falta de prueba adjuntada a la acción de libertad; derivando en la falta de verificación de los hechos presentados en la “acción intentada” máxime si según la diligencia corrida por la Oficial de Diligencias del Juzgado a la autoridad demandada en la localidad de Colcapirhua “no existe ninguna clínica con el nombre de Santísima Trinidad”, induciendo al razonamiento, si verdaderamente se suscitó el hecho y si se cometido el acto ilegal denunciado; y, b) Resulta menester establecer, si bien resulta evidente que la acción de libertad no requiere de formalidades para su interposición, no es menos cierto que la parte accionante deba acompañar la prueba suficiente y necesario para acreditar la veracidad de las acusaciones que formula; conforme fue establecido por la “SC N° 318/2004”, correspondiendo en cuyo caso la desestimación de la acción planteada.