SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2016-S1

Fecha: 21-Oct-2016

1)

El accionante mediante sus abogados ratificó el memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo expresó lo siguiente: 1) El contrato de consultoría en línea en su segunda cláusula especifica que el mismo se regirá únicamente por la Constitución Política del Estado, misma que reconoce los derechos de los progenitores y no hace diferencia entre el sector público y el privado ni regula requisitos para beneficiarse de dicho derechos ya que todos los ciudadanos son iguales ante la ley; y, 2) Que las actividades en las que se desempeñaba el accionante son propias y permanentes de la institución.