SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2016-S1

Fecha: 26-Oct-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso; y, los principios de celeridad y certidumbre jurídica; toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de estelionato, no fue notificado con la audiencia de consideración de medidas cautelares señalada para el 23 de junio de 2016 en su domicilio actual sino en uno antiguo, ausentándose a la misma por desconocimiento; empero debido a esta inasistencia, el Juez demandado mediante Resolución 208/2016 lo declaró rebelde, disponiendo en su contra la emisión del mandamiento de aprehensión; una vez enterado de su rebeldía, el 7 de julio de igual año compareció personalmente ante la autoridad demandada; se hizo presente en la nueva audiencia de medidas cautelares que también fue suspendida; justificó la señalada incomparecencia a través de un incidente de nulidad de notificación; solicitó dejar sin efecto su rebeldía; sin embargo, el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal de El Alto en todas esas oportunidades reiteró mantener vigente el Auto de Declaratoria de Rebeldía hasta que no la purgue y recién pueda asumir defensa, actitud contraria a los dispuesto por el art. 91 del CPP; por lo que, se considera indebidamente perseguido dado que en cualquier momento podría ejecutarse la respectiva orden de aprehensión.