SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
controvertidos
La justicia constitucional, ha desarrollado sus entendimientos jurisprudenciales, estableciendo la concesión de la tutela cuando se denuncian medidas de hecho, ejercidas ilegalmente y sin legitimidad, protegiendo derechos cuando se encuentran consolidados; sin embargo cuando sobre éstos existe controversia, no es la vía idónea para dirimirlos. Así, entre otras, la SCP 0145/2012 de 14 de mayo, que cita a la SC 0675/2011-R de 16 de mayo, señaló que: “‘…el recurso de amparo constitucional es un mecanismo instrumental para la protección del goce efectivo de los derechos fundamentales por parte de las personas (…), no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos; porque de analizar dichas cuestiones importaría el reconocimiento de derechos por vía del recurso de amparo, lo que no corresponde a su ámbito de protección, sino sólo la protección de los mismos cuando están consolidados; por ello, la doctrina emergente de la jurisprudencia de este Tribunal Constitucional, también ha expresado que el recurso de amparo no puede ingresar a valorar y analizar hechos controvertidos…”’.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.2. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- controvertidos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo