SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1073/2016-S3
Fecha: 03-Oct-2016
III.2. Análisis del caso concreto
De la ambigua y confusa demanda de acción de libertad se advierte que el acto lesivo cuestionado por el hoy accionante vía proceso constitucional, converge sustancialmente en que el Juez ahora demandado, hasta la presentación de la acción de libertad -29 de junio de 2016- no emitió respuesta alguna a la solicitud de control jurisdiccional efectuada el 27 de ese mes y año, con relación a la denuncia de la presunta ilegal emisión de la orden de aprehensión en su contra, realizada por el Fiscal de Materia, pese a justificar su inasistencia a la declaración fijada por dicha autoridad; razón por la cual, considera que subsiste una amenaza a su derecho a la libertad. Sin embargo, cabe aclarar que el hoy accionante en los argumentos de su acción también hace una somera alusión a la actuación del representante fiscal; empero, conforme fue observado por el Juez de garantías (fs. 4) la misma resulta confusa; toda vez que, la demanda da a entender que el demandado es la autoridad jurisdiccional, no obstante la supra señalada falta de precisión esta jurisdicción conforme a la subsidiariedad excepcional de la presente acción libertad, tampoco podría emitir pronunciamiento de fondo respecto a presuntas irregularidades en las que hubiere incurrido el Fiscal de Materia a momento de ordenar su aprehensión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- A LO PRINCIPAL, notifíquese al Min. Público a los fines de que informe en el plazo de 24 horas de su notificación, solo lo denunciado vía control jurisdiccional AL OTROSI.- Por adjuntado y sea de conocimiento de la autoridad fiscal
- denegó
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones